¿Qué es el Bono Social?
El Bono Social es un descuento en la factura de la luz. Está regulado por el Gobierno y pretende proteger a los hogares considerados vulnerables.
Con la entrada en vigor en octubre de 2017 del Real Decreto 897/2017 cambian los requisitos para tener derecho al Bono Social.
¿Quién puede beneficiarse del nuevo Bono Social?
Para beneficiarte del Bono Social debes tener la tarifa eléctrica PVPC (con o sin discriminación horaria) y una potencia igual o inferior a 10 kW en tu vivienda habitual.
Además, deberás cumplir los requisitos para ser considerado cliente vulnerable,cliente vulnerable severo o cliente vulnerable severo en riesgo de exclusión social.
¿Cuáles son los requisitos?
Clientes vulnerables
Se considera que son clientes vulnerables (descuento en factura del 25%) las personas que sean titulares de un contrato de tarifa regulada (PVPC) y cumplan alguno de estos requisitos.
Por nivel de renta anual, que sea inferior o igual a los siguientes límites establecidos según el IPREM (el índice de uso habitual para la concesión de ayudas y subsidios):
- 1,5 veces el IPREM*: si no forma parte de una unidad familiar o no hay menores a cargo.
- 2 veces el IPREM*: si hay 1 menor en la unidad familiar.
- 2,5 veces el IPREM*: si hay 2 menores en la unidad familiar.
*IPREM anual 14 pagas válido para 2017: 7.519,59 euros
Todos estos umbrales se incrementarán en 0,5 veces el IPREM en los casos en que algún miembro de la familia tenga discapacidad mayor o igual al 33%, sea víctima de violencia de género o sea víctima de terrorismo.
Pensionistas: que el solicitante (o en caso de que haya unidad familiar, todos los miembros de la misma) perciban la pensión mínima (por jubilación o invalidez permanente).
Familias numerosas: todas sin excepción.
Clientes vulnerables severos
Se considera que son vulnerables severos (descuento en factura del 40%):
- Por nivel de renta: quienes cumplan los requisitos para ser considerados clientes vulnerables y además tengan niveles de renta inferiores al 50% de los límites válidos para clientes vulnerables.
- Pensionistas: que todos los miembros de la unidad familiar sean pensionistas de la Seguridad Social, perciban la pensión mínima (por jubilación o invalidez permanente) y tengan una renta anual inferior o igual a 1 vez el IPREM.
- Familias numerosas: con renta inferior a 2 veces el IPREM.
Clientes vulnerables severos en riesgo de exclusión social
En esta categoría entran aquellos clientes vulnerables severos que están siendo atendidos por los servicios sociales de una Administración autonómica o local que financie al menos el 50% del importe de su factura.
Límites en el consumo de electricidad
Los descuentos del 25% y 40% del total de la factura están sujetos a un límite en el consumo de energía, superado el cual se aplicará la tarifa PVPC sin descuento:
- Pensionistas: 1.680 kWh de electricidad consumida al año.
- Familias numerosas: 3.600 kWh/año.
- Consumidores sin menores a cargo: 1.200 kWh/año.
- Consumidores con un menor a cargo: 1.680 kWh/año.
- Consumidores con dos menores a cargo: 2.040 kWh/año.
Cómo solicitar el Bono Social
Lo primero es reunir toda la documentación necesaria. En todos los casos necesitarás rellenar este formulario.
Para la solicitud del bono social es necesario que tu tarifa eléctrica esté en el mercado regulado (tarifa PVPC) y seas el titular del punto de suministro, por tanto, si tu actual tarifa eléctrica está en el mercado libre o no eres el titular, te recomendamos que nos envíes también este otro formulario autorizándonos a realizar los cambios.
En el siguiente gráfico puedes consultar los documentos que se requieren para cada circunstancia:
- Registro Civil
- Autoridad Competente
- Oficinas de Atención a la Ciudadanía
- Ayuntamientos
- Oficinas de Atención a la Ciudadanía
- Secciones de Familia de las Gerencias Territoriales de Servicios Sociales
- Departamento de Asuntos Sociales
- Centro Base pertenecientes a las diferentes Consejerías de Servicios Sociales
Para los suministros situados en el País Vasco o Navarra será necesario aportar también la Declaración de la renta o certificado de imputaciones de cada uno de los miembros de la unidad familiar. En estas comunidades, las familias numerosas solo deben aportar esta documentación en el caso de solicitudes para ser vulnerable severo.
Una vez hayas reunido toda la documentación, puedes enviárnosla de las siguientes maneras:
- 1. A través de nuestra página web, haciendo clic aquí.
- 2. Adjuntándola en un email dirigido a Aquesta adreça de correu-e està protegida dels robots de spam.Necessites Javascript habilitat per veure-la.
- 3. Enviándola por correo postal al Apartado de Correos nº1167, 41080 Sevilla.
- 4. Consultándonos en el siguiente número de teléfono: 800 76 03 33
Asimismo, podrás entregar tu solicitud en nuestras oficinas comerciales y puntos de servicio. Una vez comprobemos la documentación que nos envíes, trasladaremos tu solicitud al Ministerio de Energía, que validará el cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario del Bono Social, asignándote un grado de vulnerabilidad.
En un plazo aproximado de 15 días, te informaremos de su respuesta por el mismo medio por el que nos enviaste la solicitud.
¿Qué debe hacer quien ya tenía el Bono Social?
Si tenías el antiguo Bono Social debes solicitarlo de nuevo, ya que desde octubre de 2017 han cambiado los requisitos. En el caso de que lo solicites y dicha solicitud sea aceptada, se te aplicarán los criterios y descuentos establecidos en la normativa del nuevo Bono Social.
Tienes hasta el 8 de octubre de 2018 para demostrar que cumples los nuevos requisitos. Mientras no demuestres que cumples los nuevos requisitos, seguirás percibiendo el Bono Social como hasta ahora.
A partir del 8 de octubre de 2018, si no has acreditado que cumples los nuevos requisitos se te aplicará automáticamente la tarifa PVPC sin descuentos.
En este enlace te ofrecemos un resumen de la información en formato descargable